COMIENZO PERIODO REALIZACIÓN DE QUEMAS

19 octubre, 2021

Desde el 16 de octubre se pueden realizar los usos del fuego previstos en el Anexo I, sin necesidad de tramitar nueva comunicación, en todos aquellos recintos para los que se haya tramitado en alguna ocasión durante las últimas SEIS anualidades.

Para los usos autorizados por resolución de los Anexos II, sin necesidad de tramitar nueva solicitud, podrá realizarse en todos aquellos recintos que hayan sido autorizados en cualquiera de las DOS últimas anualidades.

Se recuerda la necesidad de comprobar que el índice de riesgo por uso del fuego es verde antes de comenzar la quema.

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